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Freddy A. Hung Gil
Protección jurídica del concebido no nacido

Ediciones Olejnik

Impresión bajo demanda. Llega en 14 dias.

Páginas: 148
Formato:
Peso: 0.239 kgs.
ISBN: 9789563922486

La protección jurídica del concebido no nacido (también identificado por el término latino nasciturus) está marcada por problemas de signo diverso que complejizan notablemente el discurso, así como su abordaje teórico y normativo. Algunos de estos problemas enunciados sin intenciones de completa exhaustividad son: las dispares interpretaciones sobre las teorías que explican su status jurídico (sobre la base de las disímiles exégesis de las fuentes históricas, las divergencias conceptuales de las categorías abstractas utilizadas y la inercia e insuficiencias teóricas en el análisis de ciertos aspectos), la extrema parquedad de la regulación normativa sobre el concebido presente en numerosas legislaciones, las vacilaciones terminológicas, así como la alusión a figuras que guardan cierta similitud con la necesaria tutela legal del concebido pero que no se avienen de manera congruente a la misma, las visiones dispares sobre aristas éticas (el aborto, el impacto de las nuevas tecnologías biomédicas) o jurídicas (interpretación patrimonialista de su ámbito de aplicación), por solo citar los ejemplos más significativos. El tópico relativo al contenido de la protección del concebido debe sortear muchas de las dificultades señaladas en el camino hacia un planteamiento coherente de sus objetivos.Quien se acerca al estudio de la tutela del concebido o, frente a un caso concreto, debe analizar la doctrina, las decisiones de los tribunales de justicia o interpretar la norma, puede creer que se trata de un tópico sobre el que todo está dicho. El carácter clásico del instituto consagrado por su andadura histórica y la continua alusión a la figura hasta en los textos menos pretenciosos puede inducir a ese error. En el Derecho como en la vida tras lo aparentemente pleno, se enmascaran significativos vacíos de protección. Es por ello que puede afirmarse con Jorge Luis Borges: Todas las teorías son legítimas y ninguna tiene importancia. Lo que importa es lo que se hace con ellas.

Protección jurídica del concebido no nacido

$26.499
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La protección jurídica del concebido no nacido (también identificado por el término latino nasciturus) está marcada por problemas de signo diverso que complejizan notablemente el discurso, así como su abordaje teórico y normativo. Algunos de estos problemas enunciados sin intenciones de completa exhaustividad son: las dispares interpretaciones sobre las teorías que explican su status jurídico (sobre la base de las disímiles exégesis de las fuentes históricas, las divergencias conceptuales de las categorías abstractas utilizadas y la inercia e insuficiencias teóricas en el análisis de ciertos aspectos), la extrema parquedad de la regulación normativa sobre el concebido presente en numerosas legislaciones, las vacilaciones terminológicas, así como la alusión a figuras que guardan cierta similitud con la necesaria tutela legal del concebido pero que no se avienen de manera congruente a la misma, las visiones dispares sobre aristas éticas (el aborto, el impacto de las nuevas tecnologías biomédicas) o jurídicas (interpretación patrimonialista de su ámbito de aplicación), por solo citar los ejemplos más significativos. El tópico relativo al contenido de la protección del concebido debe sortear muchas de las dificultades señaladas en el camino hacia un planteamiento coherente de sus objetivos.Quien se acerca al estudio de la tutela del concebido o, frente a un caso concreto, debe analizar la doctrina, las decisiones de los tribunales de justicia o interpretar la norma, puede creer que se trata de un tópico sobre el que todo está dicho. El carácter clásico del instituto consagrado por su andadura histórica y la continua alusión a la figura hasta en los textos menos pretenciosos puede inducir a ese error. En el Derecho como en la vida tras lo aparentemente pleno, se enmascaran significativos vacíos de protección. Es por ello que puede afirmarse con Jorge Luis Borges: Todas las teorías son legítimas y ninguna tiene importancia. Lo que importa es lo que se hace con ellas.